Estas son las palabras que más confunden. En este sitio aparecen entre « ».
- Finiquito
- Documento que tú y tu empleador firman cuando termina tu trabajo. Dice por qué terminó el contrato y cuánto te pagan.
- Causal
- La razón por la que termina tu contrato. Por ejemplo: renuncia, o despido por necesidades de la empresa. Debería aparecer escrita en tu finiquito.
- Indemnización por años de servicio
- Pago que recibes si te despiden por necesidades de la empresa y trabajaste un año o más. En general es un mes de sueldo por cada año trabajado, con topes.
- Mes de aviso
- Pago de un mes de sueldo cuando te despiden por necesidades de la empresa o por desahucio sin avisarte con 30 días de anticipación. En el finiquito suele aparecer como «indemnización sustitutiva del aviso previo».
- Feriado legal y feriado proporcional
- «Feriado» es el nombre que la ley y el finiquito dan a las vacaciones. El «feriado proporcional» son los días que juntaste en el año que no alcanzaste a completar. Al terminar el contrato, los días que no tomaste se pagan en dinero.
- Indemnización a todo evento
- Indemnización pactada que se paga cualquiera sea la razón por la que termina el contrato, incluso si renuncias. La ley permite pactarla desde el séptimo año de trabajo.
- UF
- Unidad de Fomento. Es un valor en pesos que cambia todos los días según suben los precios. La ley la usa para fijar el sueldo máximo con que se calculan las indemnizaciones.
- Seguro de cesantía
- Ahorro que se junta cada mes mientras trabajas, con aportes tuyos y de tu empleador. Sirve para cuando te quedas sin trabajo. Lo administra AFC.
- AFC
- Administradora de Fondos de Cesantía. Es la empresa que guarda y paga el seguro de cesantía. No es lo mismo que tu AFP.
- Certificado de Saldo Aporte Empleador
- Documento de AFC que dice cuánto hay en tu cuenta por los aportes de tu empleador. AFC se lo entrega a tu empleador.
- Reserva de derechos
- Frase que puedes escribir al firmar el finiquito para dejar claro que no estás de acuerdo con algo y que podrías reclamarlo después. No necesitas el permiso de tu empleador. Conviene pedir ayuda para escribirla.
- Ministro de fe
- Persona autorizada para confirmar que firmaste tú y que lo hiciste libremente. Puede ser un inspector del trabajo, un notario, el oficial del Registro Civil o el secretario municipal.